El aborto en España

El aborto en España

¿Es legal abortar en España?

El aborto está regulado en España por la Ley Orgánica nº 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, conocida como “Ley de los Últimos Días”.

Esta ley establece que el aborto es legal en España en los siguientes casos:

  • Durante las primeras 14 semanas de embarazo depende de la decisión de la mujer.
  • Entre las 14 y 22 semanas si existe riesgo grave para la salud de la mujer o anomalías graves en el feto.
  • Sólo después de las 22 semanas en los casos en que el feto tenga una malformación incompatible con la vida o el feto tenga una enfermedad extremadamente grave y difícil de tratar.

Disponibilidad del aborto en el sistema de salud pública

El aborto es un servicio médico cubierto por el sistema público de salud y por lo tanto puede realizarse de forma gratuita en establecimientos públicos o privados.

Para recibir un aborto bajo el sistema de seguridad social, las mujeres deben tener una tarjeta sanitaria y presentar una prueba de identidad.

Este proceso, que incluye una evaluación inicial, un período de reflexión de tres días y la implementación de la intervención, puede durar aproximadamente una semana.

Aborto en menores

Antes de la reforma de 2023, los menores de 16 a 17 años necesitaban el consentimiento de uno de sus padres o tutor legal para someterse a el.

Después de la reforma, los menores de 16 a 17 años ya no necesitan este consentimiento y pueden abortar por voluntad propia.

Por tanto, el aborto es legal en España en las condiciones que marca la ley y es un derecho reconocido y garantizado por el sistema sanitario público, incluso para los menores.

¿Con cuánto tiempo se puede abortar en España?

En España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que establece las condiciones en las que una mujer puede acceder legalmente a la interrupción voluntaria del embarazo.

La ley reconoce el derecho de las mujeres a decidir sobre su maternidad y su salud reproductiva, siempre dentro de ciertos límites y condiciones. A la pregunta de con cuánto semanas o meses se puede abortar en España ofrecemos estos detalles:

Plazos para el Aborto:

  1. Hasta las 14 semanas de gestación: La interrupción voluntaria del embarazo puede realizarse dentro de las primeras 14 semanas de gestación desde el inicio del último periodo menstrual de la mujer (calculado aproximadamente como 12 semanas de embarazo desde la fecundación).
  2. Hasta las 22 semanas de gestación en casos de grave riesgo para la vida o la salud de la mujer o del feto: En situaciones en las que exista un grave riesgo para la vida o la salud física o psíquica de la mujer embarazada, o cuando se detecten anomalías graves en el feto, el aborto puede ser realizado hasta las 22 semanas de gestación.
  3. En cualquier momento si existe riesgo grave para la salud de la mujer o del feto: Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o que supongan un grave riesgo para la salud física o psíquica de la mujer, el aborto podrá ser realizado en cualquier momento del embarazo, previo informe médico y consentimiento de la mujer.

Procedimiento y Requisitos:

Para acceder a un aborto en España, es necesario cumplir con ciertos requisitos y seguir un procedimiento específico:

  • La mujer debe solicitarlo de manera voluntaria y por escrito en un centro autorizado.
  • Antes de realizar la intervención, se le proporcionará a la mujer información sobre las distintas opciones y sobre los riesgos y consecuencias del aborto.
  • Se realizará un período de reflexión de al menos tres días entre la solicitud y la realización del aborto.
  • Se requerirá el consentimiento informado de la mujer, salvo en los casos de grave riesgo para la vida o la salud de la mujer o del feto.
  • Se garantiza la confidencialidad de la información relacionada con el aborto.

Excepciones y Circunstancias Especiales:

Además de los plazos establecidos, existen excepciones y circunstancias especiales que pueden influir en el acces, como los casos de menores de edad, mujeres con discapacidad intelectual, víctimas de violencia de género, entre otros.

En estos casos, se aplicarán medidas específicas para proteger los derechos de las mujeres y garantizar su acceso a la atención médica necesaria.

¿Cuáles son los plazos para realizar un aborto farmacéutico?

Aborto farmacológico (con pastillas)

Solo está permitido hasta las 7 semanas de embarazo en España.

Este método consiste en la toma de dos medicamentos diferentes:

  • Mifepristona (píldora RU-486), que se toma en primer lugar y bloquea la hormona progesterona, provocando la dilatación del cuello del útero.
  • Misoprostol (Cytotec), que se toma 48 horas después y provoca contracciones uterinas para expulsar el contenido del útero.

Efectos secundarios

Los efectos secundarios habituales de este procedimiento incluyen sangrado vaginal abundante, dolor abdominal, náuseas, vómitos y cansancio

Seguimiento posterior

Después, la mujer debe volver a la clínica pasadas unas dos semanas para comprobar que todo está bien.

En resumen, el aborto farmacológico en España solo está permitido hasta las 7 semanas de embarazo, mediante la toma de dos medicamentos en un plazo de 48 horas, y requiere un seguimiento posterior en la clínica.

Diferencias entre aborto farmacéutico y el quirúrgico

las principales diferencias en España son:

Plazo de realización

  • Aborto farmacológico: Permitido hasta las 9 semanas de gestación.
  • Aborto quirúrgico: Permitido hasta las 22 semanas de gestación.

Procedimiento

  • Aborto farmacológico: Consiste en la toma de dos medicamentos (mifepristona y misoprostol) que provocan la expulsión del embarazo.
  • Aborto quirúrgico: Procedimiento quirúrgico realizado en un centro médico bajo anestesia.

Duración y número de visitas

  • Aborto farmacológico: Normalmente requiere una sola visita a la clínica.
  • Aborto quirúrgico: Puede requerir varias visitas, incluyendo la intervención en quirófano.

Efectos secundarios

  • Aborto farmacológico: Más frecuentes, como sangrado, dolor, náuseas, etc.
  • Aborto quirúrgico: Menos efectos secundarios, ya que se realiza bajo anestesia.

Preferencias de las mujeres

  • Aborto farmacológico: Elegido por su mayor privacidad y menor invasividad.
  • Aborto quirúrgico: Preferido por mujeres que ya lo han realizado anteriormente.

En resumen, la principal diferencia radica en el plazo de realización y el procedimiento, siendo el aborto farmacológico menos invasivo pero con más efectos secundarios, mientras que el quirúrgico permite interrupciones más tardías.