¿Qué son los delitos societarios?
Los delitos societarios, también conocidos como delitos empresariales o delitos corporativos, son aquellas acciones ilícitas perpetradas dentro del ámbito de una empresa o sociedad comercial, ya sea por parte de sus directivos, empleados o terceros relacionados con la organización. Estos delitos pueden variar en su naturaleza y gravedad, pero suelen tener como denominador común el perjuicio hacia la entidad, sus accionistas, empleados, clientes o la sociedad en general.
Entre los delitos societarios más comunes se encuentran:
Tipos de delitos societarios
Fraude financiero:
Implica la manipulación de información financiera para engañar a inversores, accionistas o entidades reguladoras.
Esto puede incluir la falsificación de estados financieros, la ocultación de pérdidas, la inflación de ingresos o la subestimación de pasivos, entre otras prácticas fraudulentas.
Malversación de fondos:
Consiste en la apropiación indebida de activos financieros o recursos de la empresa con fines personales o para beneficio de terceros.
Esto puede involucrar el desvío de dinero, la falsificación de facturas, el uso fraudulento de tarjetas de crédito corporativas, entre otros métodos.
Corrupción:
Incluye el soborno, el cohecho, el tráfico de influencias y otras prácticas corruptas destinadas a obtener ventajas indebidas para la empresa o sus representantes.
La corrupción puede manifestarse tanto en el ámbito público como en el privado y puede tener consecuencias devastadoras para la reputación y la viabilidad económica de la organización.
Insider trading:
Ocurre cuando personas con acceso a información confidencial sobre la empresa utilizan esta información para obtener ganancias en el mercado de valores, en detrimento de otros inversionistas.
Esta práctica es ilegal y puede acarrear sanciones civiles y penales tanto para los individuos involucrados como para la empresa misma.
Fraude fiscal:
Implica la evasión o el fraude en el pago de impuestos por parte de la empresa, sus directivos o empleados.
Esto puede incluir la manipulación de registros contables, la subdeclaración de ingresos, la omisión de activos o la utilización de paraísos fiscales para ocultar ganancias.
Estos son solo algunos ejemplos de delitos societarios, pero la gama de actividades ilícitas dentro del ámbito empresarial es amplia y variada.
La comisión de estos delitos puede tener graves consecuencias tanto para la empresa como para quienes participan en ellos, incluyendo multas, penas de prisión, pérdida de reputación, demandas civiles y daños económicos significativos.
Por ello, es fundamental que las empresas implementen medidas efectivas de prevención, detección y control para evitar la comisión de estos delitos y proteger así sus intereses y su integridad corporativa.
Naturaleza de los delitos societarios
Los delitos societarios, también conocidos como delitos económicos o de cuello blanco, son una categoría de delitos que se cometen en el contexto de las relaciones comerciales y financieras, y que pueden afectar a la sociedad en su conjunto. Estos delitos incluyen, entre otros, el fraude, la evasión fiscal, el blanqueo de capitales, la corrupción y el abuso de mercado.
El fraude es una conducta delictiva que se produce cuando una persona o una empresa utilizan engaño o falsedad con el fin de obtener un beneficio económico ilícito.
La evasión fiscal es la práctica de eludir el pago de impuestos mediante la ocultación o la manipulación de información fiscal.
El blanqueo de capitales consiste en la introducción de dinero obtenido de forma ilícita en el sistema financiero legal, con el fin de ocultar su origen delictivo.
La corrupción es la práctica de utilizar el poder o la influencia con fines personales o económicos ilícitos, y el abuso de mercado se produce cuando se manipulan los mercados financieros con el fin de obtener un beneficio económico ilícito.
Consecuencias e impacto en la sociedad
Estos delitos societarios pueden tener graves consecuencias para la sociedad en su conjunto, ya que pueden dañar la confianza en el sistema financiero, socavar la integridad del mercado y socavar la estabilidad económica.
Además, estos delitos pueden afectar a las personas y empresas honestas, que se ven obligadas a competir en un mercado desigual y a asumir los costes de las prácticas delictivas de otros.
Respuesta y medidas legales
Por ello, es importante que las autoridades competentes tomen medidas para prevenir y combatir los delitos societarios, a través de la adopción de medidas legislativas y regulatorias adecuadas, la promoción de la integridad y la transparencia en el sector financiero y la lucha contra la impunidad de los delitos económicos.
En este sentido, el artículo 305 del Código Penal español establece que el blanqueo de capitales es un delito que se castiga con penas de prisión de entre tres y seis años y multas de hasta el doble del valor de los bienes blanqueados.
Además, el artículo 310 del mismo Código Penal establece que la corrupción entre particulares también es un delito que se castiga con penas de prisión de entre dos y seis años y multas de hasta el doble del valor de la contraprestación ilícita.
En definitiva, los delitos societarios son una realidad preocupante que requiere una respuesta contundente y efectiva por parte de las autoridades competentes, con el fin de proteger la integridad del sistema financiero y el mercado, y garantizar la justicia y la igualdad de oportunidades para todos.
¿Cuándo prescriben los delitos societarios?
Según el artículo 131.1 del Código Penal, se fijan los plazos generales de prescripción. En el caso de los delitos societarios, cuyas penas asociadas no superen los 5 años de prisión o inhabilitación, la prescripción se dará en un lapso de 5 años contados a partir del momento en que se comete el delito.
¿Cómo podemos calificar los delitos societarios desde la perspectiva de su perseguibilidad?
La condición para iniciar el proceso de persecución de un delito societario es la presentación de una denuncia por parte de la persona afectada o su representante legal, según lo establecido en el artículo 296 del Código Penal.
Sin embargo, en situaciones donde se haya afectado el interés general o a un grupo de personas, no será obligatoria la presentación de una denuncia para iniciar el proceso legal.
¿Cómo se pueden prevenir los delitos societarios?
Para prevenir los delitos societarios en España, es fundamental implementar medidas de compliance penal que promuevan la transparencia, la ética y el cumplimiento normativo en las organizaciones. Estas medidas buscan prevenir la comisión de delitos en el seno societario y proteger los intereses de la sociedad, sus socios y terceros involucrados. Algunas estrategias efectivas para prevenir los delitos societarios incluyen:
- Implementación de Programas de Compliance Penal: Establecer programas de cumplimiento normativo que incluyan políticas, procedimientos y controles internos para prevenir y detectar posibles conductas delictivas dentro de la organización. Estos programas deben adaptarse a las características específicas de cada empresa y sector.
- Formación y Sensibilización: Capacitar a los empleados, directivos y administradores sobre la importancia del cumplimiento normativo, los riesgos de los delitos societarios y las consecuencias legales de su comisión. La formación continua es clave para fomentar una cultura de integridad y ética empresarial.
- Supervisión y Control Interno: Establecer mecanismos de supervisión y control interno que permitan identificar posibles irregularidades, fraudes o conductas sospechosas en la gestión de la empresa. La supervisión constante contribuye a prevenir y detectar tempranamente posibles delitos.
- Due Diligence: Realizar debidas diligencias en las operaciones comerciales, financieras y societarias para verificar la legalidad y transparencia de las transacciones. La debida diligencia ayuda a identificar posibles riesgos y a prevenir la comisión de delitos en el ámbito societario.
- Colaboración con Autoridades: Mantener una colaboración activa con las autoridades competentes, como la Agencia Tributaria, la Comisión Nacional del Mercado de Valores u otros organismos de control, para reportar posibles irregularidades y cooperar en investigaciones relacionadas con delitos societarios.